Autores: C.P.N. Matias Herrera, C.P.N. Roxana Segura.
Fecha: 9, 10 y 11 de noviembre 2022.

ÍNDICE

Metodología de Investigación                                                                                             03

Introducción                                                                                                                        04

Marco Legal en Comunicación Electrónica                                                                        05

Desarrollo de Tecnología: Ciudadano Digital                                                                    12

Conclusión                                                                                                                          20

Bibliografía                                                                                                                         21

METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN

El presente trabajo se ajusta a las normas de presentación de investigaciones que aprobó el Secretariado Permanente de Tribunales de Cuentas, en función de los siguientes lineamientos: la metodología de investigación utilizada es expositivo y descriptivo, basándose en el diseño bibliográfico, a fin de planificar y organizar las actividades que más se ajustan a las características de las tareas de investigación desarrolladas; se han consultado las normativas vigentes provinciales relacionadas con las contrataciones con la comunicación electrónica en el Estado, material bibliográfico, trabajos de investigación, archivos digitales, consultas y experiencias, con el objeto de obtener la información y material de estudio necesario para abordar el tema analizado.

INTRODUCCION

Teniendo en cuenta el concepto de Gobernanza Digital, que se traduce en la modernización y la transformación producida en las organizaciones estatales, a partir del advenimiento de nuevas tecnologías y que se ve reflejado en numerosos beneficios, como lo es la rapidez en la obtención de datos y en la toma de decisiones por parte de la administración, la comunicación más fluida con el ciudadano, quién puede acceder en forma permanente a la oficina pública a través de internet.

En tal sentido, un objetivo clave es garantizar el uso adecuado de las tecnologías digitales en todos los ámbitos estatales, a fin de optimizar los beneficios para la población.

La implementación de un estilo de Gobierno electrónico es un proceso gradual. Requiere de cambios estructurales en la esfera pública, de la incorporación de tecnologías y de la educación de los ciudadanos para su uso.

La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) declara al gobierno electrónico como un cambio de paradigma en la gestión gubernamental. Se trata de una nueva forma de Gobierno que fusiona el uso intensivo de TICs para la gestión, planificación y administración.

En el marco del Plan de Modernización del Estado, el Gobierno de la Provincia de San Juan presento Ciudadano Digital, que es una plataforma de autogestión online que permite a los ciudadanos acceder a documentación, trámites y consultas personales de forma simple y segura, en los cuales encontramos: Recibo de Haberes, Carnet de Vacunas, Partidas de nacimiento y defunción, seguimiento de Expedientes, Certificados de Parcelas, Padrón Electoral, Solicitud de Turnos, Boletas impuesto Inmobiliario y Automotor, Certificado de Agente Público Activo.

Ante el avance tecnológico y sus innovaciones en distintas herramientas, impone una evaluación de los procesos dentro de una dimensión jurídica, por los órganos de control como el Tribunal de Cuentas de la provincia, cuyas competencias están establecidas dentro de la Constitución Provincial, las cuáles establece el control legal de la percepción e inversión de los fondos públicos. Por lo expuesto en este trabajo se presenta la aplicación multiplataforma, anteriormente nombrada, y el cumplimiento de la obligación del estado empleador con sus agentes, en cuanto a la emisión de recibo de sueldo en formato digital.

MARCO LEGAL EN COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA

Para llevar a cabo estas acciones de comunicación y digitalización, fue necesario crear un marco legal que lo regule.

Para ello se sanciono en el 2016, la Ley N° 1483-A, que autoriza la utilización de expedientes, documentos, usuarios, notificaciones, comunicaciones y domicilios electrónicos constituidos, en todo tipo de actuaciones del Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial y los organismos de la Constitución Provincial, que en su Art. N° 1 enuncia:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase la utilización de expedientes electrónicos, documentos electrónicos, usuarios electrónicos, notificación electrónica, comunicaciones electrónicas y domicilios electrónicos constituidos, en todo tipo de actuaciones, procedimientos y procesos de cualquier naturaleza; que tramitan ante el Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial y los organismos de la Constitución Provincial, con idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que sus equivalentes convencionales.

Así también, en el Decreto Reglamentario N° 14 del año 2019, que reglamenta la anterior Ley mencionada, y que en el marco de la política de modernización de la administración pública que impulsa el Estado Provincial, se vienen implementando en el ámbito de la Provincia de San Juan, por intermedio de la Función Pública diversos proyectos orientados a la paulatina y progresiva incorporación de diversas tecnologías de información y comunicación, a los trámites, actuaciones y procedimientos de la Administración, de modo de dotarlos de mayores niveles de eficiencia, transparencia y accesibilidad para su control. Que la Provincia de San Juan adhirió al Compromiso Federal para la Modernización, comprometiéndose a desburocratizar el Estado, simplificando y agilizando los trámites para hacer más sencilla y práctica la vida de los ciudadanos. Que, en el marco de las políticas de fortalecimiento de las capacidades institucionales del Estado Provincial, se requiere la implementación progresiva de las plataformas digitales y sistemas electrónicos en todos los ámbitos del Poder Ejecutivo Provincial a efectos de dotar a los organismos de herramientas modernas para elevar la calidad de la gestión administrativa. Que resulta conveniente establecer definiciones claras de los conceptos previstos en la Ley Nº 1483-A, a fin de estandarizarlas para su implementación en las distintas dependencias del Poder Ejecutivo Provincial a cuyos fines y oportuno reglamentarla. Que la Secretaría de la Función Pública ha intervenido en la elaboración del presente proyecto, ello, en razón de ser el área técnica idónea en la materia que se reglamenta. Que el presente se dicta en ejercicio de la facultad conferida por el

artículo 189, Inciso 2º de la Constitución de la Provincia de San Juan. Que han intervenido las Asesoría Letradas de la Secretaría de la Función Pública, del Ministerio de Hacienda y Finanzas y Asesoría Letrada de Gobierno, donde se estipulan los distintos conceptos:

  • Expediente Electrónico:

ARTÍCULO 1º.- Expediente Electrónico. Entiéndase por Expediente Electrónico al conjunto sistematizado de actuaciones, peticiones y resoluciones, referidas a una pretensión efectuada ante *Véase el Decreto Reglamentario Nº 19-2019 A, por el que se reglamenta la Ley Nº 1483-A, por la que se cubrirá la utilización de expedientes electrónicos, usuarios electrónicos, notificación electrónica y comunicaciones electrónicas, en todas las dependencias del Estado Provincial. 2 un organismo administrativo, en el que la información se registra en soportes electrónicos, ópticos o equivalentes, recuperable mediante los programas y el equipamiento adecuado. Se manifiesta a través de la utilización de sistemas informáticos donde se aloja, analiza, resguarda, comunica y procesa toda la información ingresada.

  • Documento Electrónico:

ARTÍCULO 2º.- Documento Electrónico. Entiéndase por Documento Electrónico al instrumento generado informáticamente por la autoridad responsable de su emisión. Tiene el mismo valor legal que el documento en soporte papel y goza de plena validez y eficacia jurídica siempre que garantice la identidad del autor del documento y la imposibilidad de ser modificado.

  • Documento Digitalizado:

ARTÍCULO 3º.- Documento Digitalizado. Es el instrumento generado y el reproducido en soporte electrónico a partir de originales de primera generación en cualquier otro soporte. Pueden ser digitalizados previo cotejo con éstos, cuando la autoridad administrativa lo disponga, de acuerdo a los procedimientos establecidos por la Autoridad de Aplicación del presente Decreto Reglamentario. El documento digitalizado tiene el mismo valor legal que el documento en soporte papel y goza de plena validez y eficacia jurídica para todos los efectos legales, siendo considerado como medio de prueba de la información que contiene.

  • Usuario:

ARTÍCULO 4º.- Usuario. Entiéndase por Usuario a toda persona humana o jurídica registrada en las distintas Plataformas Digitales o Sistemas Informáticos de Gestión Electrónica Oficial.

  • Cuenta de Usuario:

ARTÍCULO 5º.- Cuenta de Usuario. Entiéndase por Cuenta de Usuario al escritorio virtual en Plataforma Digitales o Sistemas Informáticos de Gestión Electrónica Oficial a través del cual el Usuario inicia o accede a sus trámites, tareas, documentos, notificaciones, comunicaciones y presentaciones.

  • Domicilio Electrónico:

ARTÍCULO 6º.- Domicilio Electrónico. Entiéndase por Domicilio Electrónico a la Cuenta de Usuario protegida con contraseña que le permite al Usuario titular o apoderado, a ingresar a las Plataformas Digitales o Sistemas Informáticos de Gestión Electrónica Oficial para la entrega o recepción de notificaciones y comunicaciones electrónicas. Produce a los efectos del domicilio legalmente constituido en sede administrativa.

  • Notificación Electrónico:

ARTÍCULO 7º.- Notificación Electrónica. Entiéndase por Notificación Electrónica al medio de notificación fehaciente, materializado en formato electrónico-digital, autorizado por la Autoridad de Aplicación. Se considera perfeccionada a la cero (0) horas del día hábil siguiente a aquél en que se encuentre disponible, es decir, en condiciones de ser visualizada en el Domicilio Electrónico del Usuario titular o apoderado.

  • Comunicación Electrónico:

ARTÍCULO 8º.- Comunicación Electrónica. Entiéndase por Comunicación Electrónica a todo intercambio de información realizado por medios electrónicos o digitales entre emisor y receptor, cursada a través de Plataformas Digitales o Sistemas Informáticos de Gestión Electrónica Oficial u otros medios.

  • Autoridad de Aplicación:

ARTÍCULO 9º.- Autoridad de Aplicación. La Secretaría de la Gestión Pública es la Autoridad de Aplicación del presente Decreto Reglamentario, con facultades para aclarar, interpretar y dictar las normas complementarias necesarias para su efectivo cumplimiento y establecer nuevas definiciones relativas a aspectos digitales y electrónicos a emplearse en la gestión administrativa del Poder Ejecutivo.

En el Decreto Nº 1461 – A, del año 2019, vinculado a la Ley Nº 1483-A, la Secretaría de la Gestión Pública impulsa la validez e implementación de documentos digitales en la Administración Pública Provincial. así como la implementación de la plataforma digital, “Ciudadano Digital” en diferentes aplicaciones tecnológicas como páginas web o aplicaciones móviles oficiales:

  • Que la Ley Nº 1483-A, reglamentada por el Decreto Reglamentario Nº 14-2019, autoriza la utilización de expedientes, documentos, usuarios, notificación, comunicaciones y domicilios electrónicos, constituidos en todo tipo de actuaciones, procedimientos y procesos de cualquier naturaleza, que tramitan ante el Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial y Organismos de la Constitución, con idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que sus equivalentes convencionales.
  • Que la Ley Nº 1101-A establece que es competencia del Ministerio de Hacienda y Finanzas entender en los programas y proyectos vinculados con la gestión pública promoviendo la calidad, la transparencia, la eficiencia, la eficacia y la satisfacción del ciudadano.

Que la Ley supra mencionada dispone que también es competencia del mencionado Ministerio entender en lo atinente a la Modernización del Estado en todo el ámbito de la Administración Pública Provincial, participando en la gestión de las acciones conducentes a la selección, adquisición e implementación de componentes tecnológicos con la intervención de otros u otros Ministerios o Secretarías de Estado en caso que correspondiera.

  • Que el Decreto Acuerdo Nº 3-2017 dispone que corresponde a la Secretaría de la Gestión Pública, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, promover el fortalecimiento de la Administración Pública Provincial, la Modernización del Estado y la aplicación eficaz y eficiente de sus recursos humanos, físicos y tecnológicos, con el fin de lograr mayor productividad y calidad en el Sector Público.

Por ello,

ARTÍCULO 1º.- Apruébese la implementación de la aplicación móvil del Gobierno de la Provincia de San Juan como un medio de interacción del ciudadano con la Administración Pública Provincial a través de la plataforma digital “Ciudadano Digital” para la gestión de trámites y servicios electrónicos, en los términos, condiciones y alcances que defina la autoridad de aplicación del presente decreto.

ARTÍCULO 2º.- Dispóngase que la cuenta de usuario que la persona hubiera gestionado en la plataforma digital “Ciudadano Digital” será considerada el domicilio electrónico constituido para aquellos trámites electrónicos que se gestionen ante la Administración Pública Provincial, a los efectos de las notificaciones electrónicas y todo otro tipo de comunicación o vinculación electrónica que el Poder Ejecutivo decida mantener con su titular o apoderado.

ARTÍCULO 3º.- Dispóngase la implementación del Comprobante Digital de Liquidación y Pago de Haberes de Agentes Públicos dependientes del Poder ejecutivo Provincial del certificado Digital de Deuda- Artículo 1º Ley Nº 552-A, de la Copia Digital de la Partida de Nacimiento, así como otros documentos digitales que disponga la autoridad de aplicación del presente decreto, con plena validez jurídica y probatoria para su utilización en los trámites, actuaciones y procedimientos de la Administración Pública de la Provincia, según los alcances de la Ley 151-I y la Ley Impositivo Anual.

ARTÍCULO 4º.- Ordénese la disponibilización de los documentos digitales mencionados en el Artículo 3º del presente decreto en la plataforma digital “Ciudadano Digital”, para su consulta y empleo por estos medios únicamente por parte de la persona titular del mismo o responsable a cargo, en los términos y condiciones que defina la autoridad de aplicación.

ARTÍCULO 5º.- Autorícese la disponibilización y utilización de los documentos digitales mencionados en el Artículo 3º del presente decreto como documentos electrónicos válido para cualquier tipo de tramitación que se efectúe a través de los sistemas informáticos integrados de gestión de la Administración Pública Provincial.

ARTÍCULO 6º.- Dispóngase que la utilización de los documentos digitales mencionados en el Artículo 3º del presente decreto, impresos en papel para su incorporación en las actuaciones de la Administración Pública provincial, son plenamente válidos, con idénticos efectos jurídicos a los digitales originales y no requieren de la firma por parte de ninguna autoridad competente, pudiendo los organismos de control comprobar la autenticidad del mismo ingresando a los dispositivos tecnológicos habilitados para tal fin.

ARTÍCULO 7º.- Establézcase que los documentos digitales cuya implementación disponga la autoridad de aplicación en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 3º del presente decreto, serán desarrollados previa intervención del organismo o repartición de la Administración Pública provincial dependiente del

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Poder Ejecutivo competente en la emisión del correspondiente certificado.

ARTÍCULO 8º.- Establézcase que los organismos y reparticiones de la Administración Pública Provincial dependiente del Poder Ejecutivo deberán disponibilizar a la autoridad de aplicación la información pública que produzcan, obtenga, obre en su poder o se encuentre bajo su control, cuando esta se las solicite. Asimismo, se la faculta a celebrar convenios de colaboración recíproca con otros organismos nacionales, provinciales, municipales y entes públicos no estatales, a los efectos previstos en el presente decreto.

ARTÍCULO 9º.- Establézcase que la página de internet www.sanjuan.gov.ar es el portal web general oficial del Gobierno de la Provincia de San Juan. Los portales de internet de la Administración Pública dependientes del Poder Ejecutivo provincial que se encuentren actualmente en funcionamiento y aquellos que se desarrollen a partir de la entrada en vigencia de la presente medida se alojarán en el portal web antes mencionado.

ARTÍCULO 10.- Dispóngase que la Secretaría de la Gestión Pública es la Autoridad de Aplicación de la presente norma, responsables del formato, diseño y medios de distribución de los documentos digitales, así como del desarrollo, implementación, mantenimiento, mejora y actualización tecnológica de la aplicación móvil del Gobierno de la Provincia de San Juan, la plataforma digital “Ciudadano Digital” y los portales web oficiales.

ARTÍCULO 11.- Facúltese a la Secretaría de la Gestión Pública a vincular e integrar las plataformas digitales, aplicaciones móviles y portales web oficiales y sistemas integrados de gestión a los efectos de eficientizar las tramitaciones electrónicas y servicios electrónicos de la Administración Pública Provincial.

ARTÍCULO 12.- Facúltese a la Secretaría de la Gestión Pública a resolver el último período de impresión masiva de comprobantes de liquidación y pagos de haberes de Agentes Públicos dependientes del Poder Ejecutivo Provincial y documentación anexa efectuada por dichos organismos en materia de liquidación, así como toda otra documentación que sea de su competencia. En caso que el agente público no tenga acceso a dispositivos tecnológicos para consultar su comprobante de liquidación y pago de haberes, podrá solicitar impresión del mismo en la Unidad Sectorial de Personal a la cual pertenezca.

ARTÍCULO 13.- Autorícese a la Secretaría de la Gestión Pública para aclarar, interpretar y dictar las normas complementarias necesarias para el cumplimiento del presente decreto.

DESARROLLO DE TECNOLOGIA: CIUDADANO DIGITAL

Para adentrarse en el tema a desarrollar, es importante contextualizar las acciones diseñadas por el Gobierno provincial y sus políticas de Estado.

Una de ellas fue la creación del Consejo para la Planificación Estratégica de la Provincia de San Juan (CoPESJ), es el organismo dependiente del Poder Ejecutivo, que coordina, facilita y articula el proceso de planificación estratégica del Gobierno Provincial con una visión de mediano y largo plazo, promoviendo espacios de participación y construcción colectiva.

El mismo tiene las siguientes funciones:

  • Elaborar propuestas estratégicas, informes técnicos y documentos fundados técnicamente sobre la base de consultas con expertos y la participación ciudadana.
  • Conducir el proceso de planificación estratégica provincial y de los planes sectoriales de cada jurisdicción, así como colaborar en el seguimiento del desarrollo de las actividades planificadas.
  • Colaborar y acompañar en el diseño los indicadores y los observatorios necesarios para el monitoreo de los planes que serán propuestos al sistema estadístico provincial, así como recolectar y procesar la información relevante para sus estudios e investigaciones.
  • Establecer consultas amplias y sistemáticas con expertos, investigadores, organismos e instituciones políticas, sociales, sindicales, productivas, científicas y universitarias, provinciales, nacionales e internacionales.
  • Alentar la cooperación público-privada y la vinculación científico-técnica con los diversos actores políticos, económicos y sociales de la Provincia y promover el intercambio de conocimientos y experiencias a través de seminarios, jornadas, talleres y congresos.
  • Asesorar al Gobernador, Vicegobernador, ministros y secretarios del Poder Ejecutivo en materia de planificación.
  • Suscribir convenios con entidades públicas y privadas, de orden nacional o internacional, ad referéndum del Poder Ejecutivo.
  • Toda otra función que expresamente le sea encomendada por el Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial a los fines del cumplimiento de la ley.

Así también posee 7 ejes transversales, y uno de ellos se creó con el fin de fomentar y generar mayor Gobernanza Digital:

EJE 5. Transversal. Innovación y Modernización: La ciencia y la tecnología como base del progreso y la calidad de vida. Formación, capacitación y entrenamiento en el manejo de las tecnologías de la Información y Comunicación (Tics) y otras.

En este marco de Modernización del Estado, el Gobierno de la Provincia de San Juan, ha desarrollado la aplicación (App) Ciudadano Digital para facilitar a los ciudadanos, a través de la telefonía móvil, mayor acceso a la información que ofrecen sus distintas reparticiones, además de la gestión online de diversos trámites y servicios.

Ciudadano Digital es una plataforma de autogestión online que permite a los ciudadanos acceder a documentación, trámites y consultas personales de forma simple y segura. Esta App es un canal online alternativo frente a la tradicional modalidad presencial de gestión que permite optimizar tiempos y recursos. A través de una única cuenta personal, los ciudadanos pueden realizar distintos trámites y servicios digitales que brinda el Gobierno de la Provincia de San Juan.

La plataforma digital mencionada permite la identificación digital de los ciudadanos en general y del agente público en particular, posibilitando el acceso a diversos servicios del Sector Público y la realización de trámites, tales como la obtención de certificaciones y comprobantes digitales, mediante la implementación de diversas medidas de seguridad (cuenta de usuario, clave, notificaciones en casilla personal electrónica, entre otros) que resguardan sus datos personales.

Se ha desarrollado diversos sistemas integrados de información de la Administración Pública Provincial, tales como Sistema Integrado de Administración de Recursos Humanos (SIARH), Sistema de Gestión Integral IPV, Sistema Integrado de Gestión de Obras Públicas (SIGOP), que junto a la mejora de los existentes (como el Sistema Integrado de Administración Financiera- SIIF), permiten en las tramitaciones de las mismas adjuntar electrónicamente documentación digital que respalda los datos allí registrados.

Seguridad de los datos: en cuanto a las prácticas de privacidad y seguridad de datos, no se comparten datos con terceros y no se recopilan datos.

En el marco de los avances tecnológicos supra mencionados se desarrolló, como primera etapa, documentos digitales de gran utilidad para la Administración Pública Provincial, tales como: Comprobante Digital de Liquidación y Pago de Haberes de Agentes públicos Provinciales, Certificado Digital Libre de Deuda- Artículo 1º Ley Nº 552-A y Copia Digital de la Partida de Nacimiento.

En lo referente a la Copia Digital de la Partida de Nacimiento que se disponibiliza, se enmarca en el Artículo 1º de la Ley Nº 213-C, según la cual serán tenidos por auténticos y debidamente legalizados todos los documentos, sean originales, copias de cualquier especie, constancias, certificaciones o testimonios, expedidos por los Oficiales Encargados del Registro Civil, que obren en los límites de sus atribuciones. Con la vigencia de la Ley 1483-A, su digitalización tiene igual validez jurídica y probatoria que su equivalente convencional.

Asimismo, resultó necesario instituir la página de internet www.sanjuan.gov.ar como el portal web general oficial del Gobierno de la Provincia de San Juan.

La aplicación permite:

  • Ingresar a Ciudadano Digital.
  • Consultar boletín oficial, contrataciones y trámites generales.
  • Acceder a contenidos y servicios específicos de cada repartición (Ejemplo: sorteos de vivienda del IPV, transporte, centros salud, entre otros).
  • Ingresar a la plataforma de validación de documentos y trámites generados a través de Ciudadano Digital.
  • Conocer noticias y novedades vinculadas con la gestión de Gobierno.
  • Realizar consultas y acceder a datos públicos y/o información general de la provincia de San Juan.

Actualmente, los trámites disponibles para realizar de forma virtual son visualización y descargas de partidas de nacimiento, certificado de antecedentes, carnet de vacunas, certificado de defunción, cumplimiento fiscal, residual del Banco San Juan, recibo de sueldo (para agentes públicos), certificado de activos, certificado de avalúo catastral, pago de boletas de impuestos provinciales, consulta de expedientes y la posibilidad de solicitar turnos en distintas reparticiones.

Todos los documentos emitidos por Ciudadano Digital, en el caso de ser requerido, se pueden validar. Para realizar ese procedimiento, cuenta con un código impreso en el mismo documento que permite corroborar la veracidad del mismo.

Se continúa trabajando a partir de la interacción con los ciudadanos usuarios, para ampliar la lista y, consecuentemente, construir una plataforma cada vez más completa.

Utilización de la Aplicación Ciudadano Digital

Para utilizar la aplicación es necesario crear una cuenta de usuario en la Aplicación Ciudadano Digital, para ello se necesita un dispositivo móvil con cámara habilitada, DNI del usuario, correo electrónico válido del usuario y número de celular del usuario. Se descarga la aplicación Gobierno de San Juan en App Store o Google Play Store, desde cualquier dispositivo móvil o desde la página

web www.mi.sanjuan.gov.ar. Es importante recordar que para ingresar desde la página web previamente es necesario crear el usuario desde la aplicación en tu dispositivo móvil. Los usuarios deben validar su identidad a partir de un nuevo sistema de reconocimiento que verifica la información personal junto con RENAPER.

Pasos para la creación de cuenta de usuario:

1- Descargar en el celular la app “Gobierno de San Juan”. 2- Al entrar, clickear “Ingresa a Ciudadano Digital”.

  • Seleccionar “Crear cuenta” y seguir los pasos:
  • Pulsar “Permitir” (para que la app use la cámara).
    • Tomar una foto frontal sin anteojos ni cubrebocas – “Tomar Captura”.
    • Escanear el código QR o código de barra que aparece en el DNI.
    • Colocar el número de Celular (sin 0 y sin 15) y pulse “Enviar código”.
    • Recibir un mensaje de texto desde el número 40140 con el CÓDIGO POR SMS.
    • El código SMS debe ingresar en la app antes de finalizar los 2 minutos. Luego de ese tiempo pulsar “Reenviar código”.
    • Pulsar “Continuar.
    • Escribir el correo en el que desea recibir la información personal.
    • El código MAIL se debe ingresar en la app antes de finalizar los 2 minutos. Luego de ese tiempo pulsar “Reenviar código”.
    • Pulsar “Continuar”.
    • Revisar que los datos personales sean correctos; tildar la confirmación de declaración jurada.
    • Pulsar “Continuar”.
    • Ingresar la CONTRASEÑA con la que se quiere abrir Ciudadano Digital; cumplir con las condiciones que aparecen en pantalla (1 Mayúscula; 1 número; etc.). Cada condición cumplida se pondrá verde.
    • Pulsar “Completar registro”.

4)- Para ingresar a la App pulsando “Iniciar sesión” o a través de la Web https://mi.sanjuan.gob.ar/

  • Abrir la cuenta se debe ingresar siempre: DNI, Clave/Contraseña y Género.

Tener en cuenta que todos los pasos son válidos y necesarios para la seguridad. Una vez creada la cuenta, también se puede operar desde la PC ingresando en www.mi.sanjuan.gov.ar.

Ventajas de Ciudadano Digital

  • Ahorro de tiempo y traslado, se puede acceder desde cualquier lugar y a través de un dispositivo móvil o PC con Internet.
    • Una vez creada la cuenta desde el celular o dispositivo móvil, se puede acceder a todos los trámites desde: mi.sanjuan.gob.ar y descargar comprobantes en la PC.
    • En una sola plataforma, muchos de los trámites: Ciudadano Digital permiten resolver gran variedad de trámites, sacar turnos y acceder a documentación específica. Todo en un mismo sitio.
    • Los datos personales permanecen en un entorno digital confidencial: Ciudadano Digital tiene un alto nivel de seguridad que garantiza la privacidad de los datos.
    • Validez legal: todos los documentos y trámites realizados a través de Ciudadano Digital son legítimos, por lo tanto, los documentos emitidos pueden ser presentados en organismos públicos y privados. Para validar la documentación simplemente se corrobora la veracidad de la misma accediendo a validacion.sanjuan.gob.ar

Ciudadano Digital – Recibo de Haberes para trabajadores estatales – Tribunal de Cuentas

La Secretaría de la Gestión Pública, perteneciente al Ministerio de Hacienda y Finanzas de San Juan, se encuentra desarrollando e implementando acciones encaminadas a la gestión de un Estado Moderno, tendientes a la mejor prestación de servicios al ciudadano. dispuso que, a partir de enero 2022, los recibos de sueldo de los empleados estatales no son otorgados de forma impresa, sino que únicamente están disponibles a través de la aplicación “Ciudadano Digital”.

Esta medida es parte de la iniciativa de favorecer la despapelización en la Administración Pública y promover la utilización de medios digitales para trámites y servicios, contribuyendo así con las medidas tendientes a cuidar la salud de la población.

Creada la cuenta de usuario, el agente puede disponer del histórico de recibos de sueldo de los dos últimos años, mediante la visualización, descarga o eventual impresión si lo necesita. También, como el resto de los trámites, se puede descargar desde la misma aplicación o ingresar con los

mismos datos de la cuenta desde la página web https://mi.sanjuan.gov.ar/ y operar desde la PC.

Que la Dirección Provincial de Informática y la Dirección de Gobierno Electrónico, dependientes de la Secretaría de la Gestión Pública según Decreto Acuerdo Nº 3-2017, han desarrollado la aplicación móvil del Gobierno de la Provincia de San Juan, la cual facilita la internación entre la Administración Pública Provincial con las personas a través de la plataforma digital “Ciudadano Digital”.

El Estado (Gobierno de la provincia de San Juan), como empleador, posee la base de datos de los agentes estatales para ejecutar el proceso informático de liquidación de haberes y emitir la documentación respaldatoria de la misma, como Planilla mensual de Haberes, Pedidos de Fondos y emisión de recibos de sueldos. Ante la disposición implementada por la Secretaría de la Gestión Pública en lo referente a la no impresión en papel de los recibos de haberes, la Dirección Provincial de Informática, procede a publicar el recibo de haberes en la App Ciudadano Digital, al tercer día hábil de la acreditación de haberes en la Caja de Ahorro Bancaria – Sueldo de cada trabajador estatal.

El Tribunal de Cuentas de la provincia de San Juan, como órgano de control externo    instituido por el artículo 256º de la Constitución de la Provincia de San Juan, la cual establece la jurisdicción y competencia del Tribunal, siendo su Ley Orgánica Nº 1.100-E y ejerciendo su control de la legitimidad en la percepción e inversión de los fondos públicos, se plantea en este Trabajo, si el Estado como empleador, quien no entrega a los trabajadores estatales el recibo de haberes impreso en papel y lo realiza mediante la publicación en la App Ciudadano Digital se ajusta al marco jurídico? ¿Es legitima la inversión o gasto en el desarrollo y mantenimiento de la APP Ciudadano Digital donde realiza la entrega vía digital del recibo de haberes?

Para responder a estos interrogantes, se expresa que la Ley Nº 1483-A, en su art. 1º, autoriza la utilización de notificaciones electrónicas, comunicaciones electrónicas, usuarios electrónicos que tramitan ante el Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, poder Judicial y Organismos de la Constitución con idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que sus equivalentes convencionales e invitan a los Municipios a adherirse, por lo tanto la utilización de medios digitales para la entrega de documentación electrónica-digital (recibo de haberes) se ajusta a la legalidad.

El recibo de sueldo es un comprobante que indica que se pagó un importe de dinero en concepto de salario, conforme a la liquidación que figure en el mismo. Es un documento importante que se le entrega al trabajador junto con la remuneración, cuando está en relación de dependencia, acreditando la relación laboral.

En Argentina, en el año 2019, el Ministerio de Producción y Trabajo a través de la resolución 346/2019 dispuso que los recibos de sueldo, en concepto de salarios u otras remuneraciones, podían emitirse optativamente en formato digital.

Utilizar el recibo de sueldo digital es sencillo. El Estado entrega los recibos de haberes en forma masiva, se notifica y se pone a disposición automáticamente a cada empleado estatal. La tecnología de recibo de sueldo digital proporciona al Estado-empleador seguridad, transparencia y agilidad, optimizando costos, esto lo convierte en una elección inteligente, ya que, al sistematizar los procesos de liquidación de sueldos, se puede poner mayor atención en otros requerimientos del trabajador estatal.

Entre los beneficios que ofrece esta comunicación electrónica del recibo de sueldo digital para el trabajador como para el Estado-empleador, es más fácil mantener la información organizada, a mano y bien preservada, optimizando costos y utilización de los recursos públicos, ahorrando papel, tinta y logística, facilitando su distribución en una dispersión geográfica mayor, disminuye el impacto ambiental, ayuda a la transparencia y a la confidencialidad, ahorra espacio de almacenamiento, se puede acceder a los mismos en cualquier momento, desde una PC o un celular.

CONCLUSIÓN

En la última década, se afianzó en todo el mundo un cambio de paradigma: la sociedad empezó a girar en torno a la digitalización y la virtualidad. En esta etapa, se agilizó la comunicación, la información se tornó más transparente y el soporte analógico quedó a un lado, dando lugar a los archivos y almacenamientos digitales.

La digitalización de documentación y procesos en la sociedad marca un fuerte crecimiento en los últimos años. La pandemia aceleró una serie de procesos y dejó en manifiesto los beneficios que con lleva incluir la transformación digital en el Estado.

Incorporar una cultura digital en el Estado implica construir una nueva forma de operar. Se trata de una forma de sumar a las tareas diarias lo digital como herramienta de desarrollo, crecimiento, innovación, y de gran impacto en las personas de cada organización, atravesando cada vez más áreas, entre ellas y en nuestro país se sumó también a la liquidación de haberes como la emisión del recibo de sueldo, que se ha tornado digital, ofreciendo ventajas tanto a las organizaciones públicas y privadas como a los empleados.

El Gobierno de la provincia de San Juan, implementó la App Ciudadano Digital con el objetivo de que los ciudadanos puedan realizar todos los trámites desde sus casas, fortaleciendo la comunicación entre el Estado y el Ciudadano, preservando la seguridad y la protección de datos personales de los usuarios. Logró consolidarse como un canal eficaz y eficiente para consultar y descargar trámites y documentación personal de los sanjuaninos, por ejemple el recibo de haberes digital del trabajador estatal.

La implementación de Ciudadano Digital y el acceso a documentos digitales permite, eficientizar la gestión administrativa; propender a la despapelización del procedimiento administrativos; facilitar la gestión electrónica; incrementa la transparencia; facilita el acceso de la información al ciudadano; posibilita la integración de los sistemas de información y administración que rigen los procesos transversales de gestión del Sector Público, todo ello sin el menoscabo a la seguridad jurídica.

BIBLIOGRAFIA

  • PROCESO DE INVESTIGACION – DANIEL MARINO – SAN JUAN
  • CONSTITUCION DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
  • LEY Nº 1100-E LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL DE CUENTAS
  • LEY 1483 A EXP ELECTRONICO 2016-09-30-0002
  • DECRETO REGULATORIO N° 14-2019 A
  • DECRETO Nº 1461 – 2019 A
  • DECRETO 498 MHF 21 CONVENIO CON RENAPER
  • RESOL-2019-346-APN-MPYT
  • https://sisanjuan.gob.ar/ – PAGINA OFICIAL GOBIERNO DE SAN JUAN
  • https://mi.sanjuan.gob.ar/ – PAGINA OFICIAL “CIUDADANO DIGITAL”
  • https://digestosanjuan.gob.ar/home – CUERPO UNIFICADO DE LEYES DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN
  • https://planestrategico.sanjuan.gob.ar/ – PLAN ESTRATEGICO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN

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